Seguro de Seriedad de Oferta

Esta póliza garantiza a la entidad asegurada, hasta la  suma máxima que se estipula en las condiciones particulares, el pago en  efectivo que debe recibir del Proponente, por incumplimiento de las  obligaciones derivadas de su participación en la licitación o concurso de  ofertas efectuado por el Asegurado. 

Estas obligaciones consisten única y exclusivamente en las siguientes: 

  • El mantenimiento de la oferta en los plazos y forma que defina la Ley o las bases de la licitación o concurso de ofertas conforme a lo  establecido en tales normas. 
  • La firma del contrato por el Proponente en los plazos y forma en que esté obligado a hacerlo por la ley o las bases. 

La garantía de esta Póliza no cubre las obligaciones  emergentes del cumplimiento de contrato que la Entidad Asegurada  celebre eventualmente con el Proponente. Se establece expresamente  que, para el caso de incumplimiento del Proponente a cualquiera de sus  obligaciones, la responsabilidad de la Compañía queda limitada al pago  de la suma garantizada, respecto del cual no es aplicable el beneficio de  excusión. 

Si deseas más información sobre los alcances y exclusiones de este seguro, estamos a  tu disposición.

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