La póliza de seguro de montaje de maquinaria, cubre los daños materiales que sufran los bienes asegurados causados por:
Errores durante el montaje.
Impericia, descuido y sabotaje individual de obreros y empleados del asegurado o de extraños.
Caída de partes del objeto que se monta, como consecuencia de rotura de cables o cadenas, hundimiento o deslizamiento del equipo de montaje u otros accidentes análogos.
Para los efectos de este seguro se entenderá por robo las pérdidas por sustracción de los bienes asegurados y los daños que se causen a los mismos como consecuencia del intento o la consumación del robo, siempre y cuando, que la persona que lo cometa haya penetrado al lugar por medios violentos o de fuerza y en forma tal que en el lugar de entrada o de salida queden huellas visibles de tal acto de violencia. El Asegurado se obliga a presentar una denuncia de los hechos, de que trata este inciso, ante la autoridad competente.
Incendio, rayo explosión.
Hundimiento de tierra o desprendimiento de tierra o de rocas.
Corto-circuitos, arcos voltaicos, así como la acción indirecta de la electricidad atmosférica.
Caída de aviones o parte de ellos.
Otros accidentes durante el montaje y, cuando se trata de bienes nuevos, también durante las pruebas de resistencia o de operación.
Para mayor ilustración sobre los alcances de este seguro por favor remitirse a las Condiciones Generales de la póliza aprobada por la Superintendencia de Bancos y Seguros, con Resolución No. 6605-S del 26 de Enero de 1.966, Registro 1490.