Seguros

de Garantías

La póliza de seriedad de oferta garantiza a la Entidad Asegurada, hasta la suma máxima que se estipula en las condiciones particulares, el pago en efectivo que debe recibir del Proponente

seguro de seriedad de oferta

SEGURO DE SERIEDAD DE OFERTA

La póliza de seriedad de oferta garantiza a la Entidad Asegurada, hasta la suma máxima que se estipula en las condiciones particulares, el pago en efectivo que debe recibir del Proponente, por incumplimiento de las obligaciones derivadas de su participación en la licitación o concurso de ofertas efectuado por el Asegurado.

Estas obligaciones consisten única y exclusivamente en las siguientes:

  • El mantenimiento de la oferta en los plazos y forma que defina la Ley o las bases de la licitación o concurso de ofertas conforme a lo establecido en tales normas.
  • La firma del contrato por el Proponente en los plazos y forma en que esté obligado a hacerlo por la ley o las bases.

Sin embargo la garantía de esta Póliza no cubre las obligaciones emergentes del cumplimiento de contrato que la Entidad Asegurada celebre eventualmente con el Proponente. Se establece expresamente que para el caso de incumplimiento del Proponente a cualquiera de sus obligaciones, la responsabilidad de la Compañía queda limitada al pago de la suma garantizada, respecto del cual no es aplicable el beneficio de excusión.

Para mayor ilustración sobre los alcances de este seguro por favor remitirse a las Condiciones Generales de la póliza aprobada por la Superintendencia de Bancos y Seguros, con Resolución #: SBS-INS-2004-172 del 23 de junio de 2004.

Ver Condiciones Generales

Contáctenos acerca de Seguro de Seriedad de Oferta

    Aplicativo de Seguros de Imp