SEGURODE ROTURA DE MAQUINARIA
La póliza de rotura de maquinaria cubre daños internos a la maquinaria o equipos asegurados, causados directamente por:
- Impericia, descuido y sabotaje individual del personal del Asegurado o de extraños.
- La acción directa de la energía eléctrica como resultado de cortocircuitos, arcos voltaicos y otros efectos similares, así como la acción indirecta de electricidad atmosférica.
- Errores en diseño, defectos de construcción, fundición y uso de materiales defectuosos.
- Defectos de mano de obra y montaje incorrecto.
- Rotura debida a fuerza centrífuga.
- Cuerpos extraños que se introduzcan en los bienes asegurados.
- Tempestad.
- Otros accidentes ocurridos a los bienes asegurados.
Para mayor ilustración sobre los alcances de este seguro por favor remitirse a las Condiciones Generales de la póliza aprobada por la Superintendencia de Bancos y Seguros, con Resolución SBS-INSP-2007-272 del 11 de julio de 2007.
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