Seguros

de Propiedades

La póliza de seguro de obras civiles terminadas indemnizará al asegurado en la forma y hasta los límites estipulados y durante el período del seguro

seguro de obras civiles

SEGURO DE OBRAS CIVILES TERMINADAS

La póliza de seguro de obras civiles terminadas indemnizará al asegurado en la forma y hasta los límites estipulados y durante el período del seguro o durante otros períodos sucesivos por los que el asegurado abonó la prima correspondiente, todos los daños o pérdidas que los bienes asegurados o partes de los mismos sufran a causa de un siniestro súbito e imprevisto en forma tal que exijan la reparación o reposición de los bienes asegurados o de sus partes.

La cobertura operara cuando dichos daños o perdidas sean causados por:

  • incendio, impacto de rayo, explosión, colisión de vehículos terrestres o embarcaciones acuáticas;
  • caída de aviones u otras naves aéreas o caída de objetos de los mismos;
  • terremoto, volcanismo, tsunami (ola sísmica);
  • viento huracanado (movimientos del aire superiores a la intensidad 8 de la escala Beaufort);
  • avenida o inundación, acción de las olas o de aguas;
  • hundimiento del terreno, corrimiento de tierra, caída de rocas u otros movimientos de la tierra;
  • helada, aludes, hielo;
  • vandalismo de personas aisladas.

Para mayor ilustración sobre los alcances de este seguro por favor remitirse a las Condiciones Generales de la póliza aprobada por la Superintendencia de Bancos y Seguros

Ver Condiciones Generales

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