Seguros
de Propiedades
La póliza de seguro de obras civiles terminadas indemnizará al asegurado en la forma y hasta los límites estipulados y durante el período del seguro

SEGURO DE OBRAS CIVILES TERMINADAS
La póliza de seguro de obras civiles terminadas indemnizará al asegurado en la forma y hasta los límites estipulados y durante el período del seguro o durante otros períodos sucesivos por los que el asegurado abonó la prima correspondiente, todos los daños o pérdidas que los bienes asegurados o partes de los mismos sufran a causa de un siniestro súbito e imprevisto en forma tal que exijan la reparación o reposición de los bienes asegurados o de sus partes.
La cobertura operara cuando dichos daños o perdidas sean causados por:
- incendio, impacto de rayo, explosión, colisión de vehículos terrestres o embarcaciones acuáticas;
- caída de aviones u otras naves aéreas o caída de objetos de los mismos;
- terremoto, volcanismo, tsunami (ola sísmica);
- viento huracanado (movimientos del aire superiores a la intensidad 8 de la escala Beaufort);
- avenida o inundación, acción de las olas o de aguas;
- hundimiento del terreno, corrimiento de tierra, caída de rocas u otros movimientos de la tierra;
- helada, aludes, hielo;
- vandalismo de personas aisladas.
Para mayor ilustración sobre los alcances de este seguro por favor remitirse a las Condiciones Generales de la póliza aprobada por la Superintendencia de Bancos y Seguros
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