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La póliza de dinero y valores ampara al Asegurado, con sujeción a los términos, excepciones, estipulaciones y condiciones contenidas o agregadas a esta póliza

seguro de dinero y valores

SEGURO DE DINERO Y VALORES

La póliza de dinero y valores ampara al Asegurado, con sujeción a los términos, excepciones, estipulaciones y condiciones contenidas o agregadas a esta póliza, por:

  • Toda pérdida, o destrucción real de DINERO.
    • Por cualquier causa, mientras se halle en tránsito bajo la custodia de un MENSAJERO del Asegurado, desde o hasta cualesquiera Locales o lugares de trabajo del Asegurado, hasta su llegada a otro Local del mismo y/o cualquier Local Bancario y/u otro lugar de desembolso, y con respecto a DINERO destinado al pago de sueldos y/o jornales, hasta el momento en que sea pagado a los empleados del Asegurado o desembolsado de otra manera.
    • Por ROBO, mientras se encuentre en una caja fuerte o bóveda debidamente cerrada con llave y asegurada por todas las cerraduras de combinación, instaladas, o por ASALTO o ATRACO, en cualquier Local del Asegurado.
  • La pérdida, daño o destrucción, como consecuencia de ROBO o por intento del mismo, de cualquier caja fuerte o bóveda que contenga DINERO, de propiedad del Asegurado, siempre con sujeción a los términos, excepciones, estipulaciones y condiciones contenidas o agregadas a esta Póliza

Para mayor ilustración sobre los alcances de este seguro por favor remitirse a las Condiciones Generales de la póliza aprobada por la Superintendencia de Bancos y Seguros, con Resolución #: 80-063-S del 28 de mayo de 1980.

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